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Guía con todo lo que hay que saber sobre el pasaporte COVID

Jul 1, 2021

Fuimos de los primeros en hablar de este tema, y hoy, lo retomamos. Y es que desde hoy, 1 de julio, entra en vigor en todos los Estados miembros de la Unión Europea (UE) el Certificado COVID Digital de la UE, más conocido popularmente como pasaporte COVID. Su objetivo, facilitar, de la forma más segura posible, la libre circulación de los ciudadanos en la UE hasta que podamos decir, definitivamente, que le hemos ganado la batalla a la emergencia sanitaria.

‘Hoy toca’ hablar de este tema, del que casi todos, en las últimas semanas, seguro que algo hemos oído en los informativos. Pero… ¿tienes claro en qué consiste? ¿Qué nos permite? ¿O cómo gestionar su obtención? Si no es así, ¡continúa leyendo! En las próximas líneas, aclaramos todo lo que hay que saber sobre el pasaporte COVID.

 

¿Qué es el pasaporte COVID?

El Certificado COVID Digital de la UE acredita que su titular, bien, ha recibido la vacuna contra el COVID19; bien, se ha realizado una prueba diagnóstica cuyo resultado ha sido negativo; o bien, se ha recuperado de la enfermedad.

 

¿Para qué sirve?

Este certificado se expedirá de forma gratuita en formato digital o en papel y figurará en la lengua nacional del titular y en inglés, y, mientras se cumpla con los requisitos, será válido para desplazarse a todos los países de la UE.

 

¿Es seguro?

Por cuestiones de seguridad, el certificado incluirá un código QR, con una firma digital para protegerlo de falsificaciones. Para su comprobación, este código QR se escaneará y se verificará la firma.

Cada centro emisor, que pueden ser hospitales, centro de pruebas, u otros, pues según el país, varían, cuenta con su propia clave de firma digital, y esta información se almacena en una base de datos que cuenta con todas las medidas de seguridad necesarias en cada país.

 

¿Qué pasa con mis datos personales?

Conforme señala la Comisión Europea, “se ha creado un portal a través del cual puedan verificarse las firmas de los certificados en toda la UE. Los datos personales del titular del certificado no tendrán que transmitirse a través del portal, ya que no es necesario para verificar la firma digital”. Para ello, la Comisión Europea colaboró con los Estados miembros para desarrollar softwares y aplicaciones que garantizaran la seguridad y la fiabilidad necesarias para la protección de los datos.

 

¿Qué me permite?

El certificado COVID digital está concebido para que los Estados miembros permitan la libre entrada a sus países a ciudadanos de la UE, acreditando a través del mismo que han sido vacunados, que han pasado la enfermedad o que se han hecho hace poco una prueba diagnóstica negativa.

En cuanto al tipo de vacuna recibida, los Estados miembros no podrán impedir la entrada al país a quienes acrediten haber recibido alguna de las que hayan recibido una autorización de comercialización en toda la UE.

Asimismo, los Estados miembros tienen la opción de aceptar también certificados de vacunación expedidos en relación con vacunas autorizadas a nivel nacional o por la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Respecto al número de dosis recibidas, el certificado se expedirá a cualquier persona que haya recibido una vacuna, independientemente del número de dosis. No obstante, este dato figurará claramente en el Certificado COVID Digital de la UE para indicar si se ha completado la pauta correspondiente a la vacuna recibida en cada caso.

Además, los Estados miembros deberán aceptar certificados de vacunación en las mismas condiciones que los de sus ciudadanos. ¿Qué significa esto? Que, por ejemplo, cuando un Estado miembro levante las restricciones de movilidad a los ciudadanos de su país si estos acreditan haber recibido una dosis de una vacuna con pauta de dos dosis, deberá también aceptar la entrada y movilidad, en las mismas condiciones, a ciudadanos de la UE que acrediten las mismas condiciones de vacunación.

No obstante, a pesar de esta iniciativa europea, Alemania desde este martes ha prohibido la entrada en el país de viajeros procedentes de Portugal, a pesar de que este último forma parte de la Unión Europea. La decisión se fundamenta en el elevado número de casos detectados de la variante Delta en el país luso. Asimismo, el país germano ha decidido imponer el cumplimiento de cuarentenas a sus ciudadanos y residentes que regresen a Alemania procedentes de este país, independientemente de si están vacunados contra el virus o han dado negativo en las pruebas.

Habrá que ver, pues, hasta qué punto el pasaporte COVID-19 va a poder garantizar la libre circulación dentro de la Unión Europea si sigue propagándose alguna variante contagiosa del virus.

 

¿Cómo solicito el pasaporte COVID-19?

En el caso de España, depende de cada comunidad autónoma. No obstante, existe otra fórmula a escala nacional que la Administración pone a disposición de los ciudadanos a través de la sede electrónica del Ministerio de Sanidad.

En este espacio online, la solicitud se puede cursar por dos vías distintas, según se gestione con certificado digital o mediante una clave permanente. En cualquiera de los dos casos, el solicitante recibirá un archivo en formato pdf que incluirá el código QR que el turista deberá presentar en los aeropuertos o en aquellos lugares donde le pueda ser requerido.